La complejidad del factor narcotráfico

Nelson Vallejo-Gómez

(El presente texto busca analizar pasajes de una conferencia dada en el Instituto de Altos Estudios para América Latina (IHEAL), por el entonces Ministro de Justicia de Colombia, Carlos Eduardo Medellín Becerra, en Paris, el 21 de marzo de 1997. Pero el espíritu general y la conclusión son una propuesta estratégica y un desafío, que lanza quien lo escribe, para tratar de pensar un fenómeno transnacional con operadores dialógicos del Pensamiento complejo, inspirados en la obra de Edgar Morin).

« A un mundo superior nadie entra sin su cruz a cuestas »

Fernando González


El 21 de marzo de 1997, el Ministro de Justicia del Gobierno Samper de Colombia, Carlos Eduardo Medellín Becerra, pronunció en París una conferencia cuyo título convocatorio marcaba de entrada el tono: Arsenal legislativo contra el tráfico de drogas. El Ministro presentó a la comunidad académica francesa las dos leyes de la llamada « Agenda legislativa contra el Tráfico de Droga y el Crimen Organizado », que el Gobierno Samper hizo aprobar en el Congreso de la República: Ley 333 de 1996 (diciembre 19), sobre Extinción de dominio adquirido de manera ilícita y la Ley 365 de 1997 (febrero 21) sobre el Combate contra el Crimen Organizado.

La ley 333 se presenta como una respuesta jurídica al grave problema económico que suscita en el país la complejidad del factor narcotráfico. Dicha ley proporciona al Estado los instrumentos legales necesarios para nacionalizar bienes privados adquiridos ilegalmente. El dinero, las tierras y los inmuebles incautados, cuyo cálculo global es imposible por razones de clandestinidad, serían « afectados a planes sociales y cultivo alternativo para las regiones sufridas por dicho fenómeno, como a la lucha contra el mismo », dijo el Ministro. Con esta Ley se supone que la lucha contra el tráfico, el contrabando, el crimen organizado, contra el flujo financiero clandestino que en términos fiscales no apoya al Estado y en términos liberales gangrena las redes financieras del país, pues crea una competencia clandestina y un contrapeso económico desleal es rechazado y condenado hasta por la más antigua ética de los negocios. Se supone que es simplemente una lucha contra el desmembramiento económico de la Nación, una lucha contra lo que Salomón Kalmanovitz llama « la des-institucionalización del país ». Grave consecuencia, en términos políticos, del impacto macro-económico del factor narcotráfico en Colombia.

El Ministro acotó que la nueva Ley tiene por fundamento moral el principio según el cual: « la falta convierte todo nulo ». La ley impediría que se legalice, por vía de lego o testaferro, lo ilícitamente adquirido. El Ministro no precisó, por supuesto, a partir de cuándo se aplicaría dicha Ley, pues toda legislación presupone un problema de temporalidad. ¿Cómo trazar justamente el umbral entre el pasado perfecto y el imperfecto, que sigue presente y determina el futuro? « La reforma que hemos hecho, dijo el Ministro, no tiene carácter retroactivo. La Constitución lo prohíbe. De manera que reformamos para el futuro y no corregimos para el pasado, por razones constitucionales. Por lo menos se aprobó una ley que, por no ser penal, es anti retroactiva ». En tal caso, azora la suspicacia de que dicha Ley tenga acento de amnistía. Sin embargo, concedamos al Gobierno Samper el beneficio provisorio de que legisla en pos de lo mejor para el país, en vista de que no parece quedarle otro camino, después de haber cristalizado el más alto grado de cuestionamiento moral en que se ha tenido en Colombia a las Instituciones Ejecutivas y Legislativas.

La Ley 365, aprobada por el Congreso de la Republica el 21 de febrero de 1997, contiene el « arsenal » normativo para el combate jurídico que el Gobierno Samper lanza contra el Crimen organizado y/o las Organizaciones criminales. Tal Ley busca moderar el beneficio (en términos de reducción carcelaria) otorgado a quien se entrega y somete a la Justicia. Todo responsable de una organización criminal deberá ser castigado de manera ejemplar.