Religar el proyecto de Ley de Educación a un paradigma general organizador

Nelson Vallejo-Gómez

(Propuesta en el marco del proyecto de ley por medio de la cual se regula el derecho fundamental à la educación, Gobierno de Colombia, julio de 2023)

La clave del buen gobierno, su gobernanza y gobernabilidad en debido proceso, se entiende desde la claridad de los conceptos con que el responsable del poder ejecutivo propone a la sociedad, y ante la representación nacional, el funcionamiento de la administración estatal, es decir, su paradigma organizador.

El 20 de julio de 2023, con motivo de la apertura de la 2da legislación ordinaria del Congreso de la República en relación con su mandato presidencial, Gustavo Petro propuso que dicho paradigma se sustente en el concepto de Justicia, tanto ambiental como social, con el fin de lograr levantar los dos pilares, las dos columnas de una Colombia Potencia Mundial de la Vida y, hasta que la dignidad se haga costumbre: la producción económica limpia y la gobernanza con equidad social.

Conocedores aguerridos de la complejidad colombiana o, si se quiere, de la colombianidad compleja, saben que un paradigma organizador de la administración estatal que logre concebir, implementar y evaluar políticas de Estado en clave producción limpia y equidad social, que logre modernizar la regulación del capital en aras de industrializar la reforma agraria y reformar el agrario para, a la par, lograr un salto cualitativo en la industrialización limpia, requiere una revolución educativa y, para ello, un nuevo pacto social, tal como lo propone el proyecto de sociedad de la Colombia Humana, más allá del decir haciendo y del hacer diciendo.

En efecto, la retórica política de gobierno debe tener consciencia de que no sólo es pertinente y prudente, sino también sano y sabio, saber que de lo dicho a lo hecho hay mucho trecho, porque sin lo dicho el hecho es ciego y, sin lo hecho, lo dicho es retórica vacía. Así mismo, la experiencia honesta de la retórica política debe tener en cuenta la refutación y la evolución de lo dicho, en función del aporte inédito de los hechos, pero también, en lo dicho urge estar atentos a la lectura de la ecología de la acción, por la cual se constata justamente que de lo dicho al hecho hay efectivamente mucho trecho, y que, en la teoría, lo dicho necesita regularse basado en evidencias.

Toda revolución educativa comporta un cambio de paradigma. En el caso de la justicia ambiental y la justica social, se trataría de aprender a vivir de otra manera, a provocar, desde la educación, un cambio de mentalidad. ¿Con qué finalidad? Con la finalidad de consumir para vivir y no de vivir para consumir, así como lo propone Edgar Morin en su libro La Vía para el futuro de la humanidad (Paris, 2011); entender por ende que regular el carburador energético o consumo del carbono en la vida privada y pública de cada persona u organización es una cuestión de vida o de muerte, es enseñar a vivir en poética de civilidad, en responsabilidad, solidaridad y fraternidad.

Para poner en movimiento la emergencia posible de un cambio de mentalidad en la sociedad colombiana, una revolución paradigmática, está el proyecto de ley sobre el derecho fundamental a la educación que el Ejecutivo quiere proponer al debate social y a la clarividencia de la Representación Nacional.

Pero dicho proyecto de ley requiere integrar un elemento esencial de complementariedad a los que ya propone, un elemento cuyo concepto esté en la noción de “Religabilidad”, es decir, que se entienda que el objetivo de la ley está en lograr que las partes del sistema educativo concurran en el funcionamiento mismo del Todo, como Política de Estado. Un elemento esencial de religabilidad permitiría, desde el paradigma organizador del funcionamiento de la administración pública, coordinar la movilización de recursos materiales e inmateriales, existentes y potenciales, como gobernar en circuito virtuoso el sistema educativo y todos sus instrumentos de gobernabilidad, a nivel nacional, regional y local.